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EL LIO DE LA REGULACION DE LA SEGURIDAD PRIVADA EN MEXICO.

Según expertos y empresarios del ramo de la seguridad, en México existen alrededor de entre ocho y diez mil empresas de seguridad de las cuales solo el 8.2% está debidamente registrada ante la Secretaría de Seguridad Pública Federal como lo marca la ley. El problema definitivamente tiene que ver con la excesiva regulación y costo de registro, además de las constantes extorsiones de servidores públicos que acechan a las empresas de seguridad privada que quieren hacer las cosas bien. Para llevar a cabo el registro de una empresa en el padrón de la SSP de acuerdo al artículo 16 de la Ley Federal de Seguridad Privada son los siguientes: bxp66753sCada empresa debe de presentar un escrito solicitando la inscripción al registro la cual contenga toda la información de la empresa, incluidos los servicios que se prestaran; esta carta deberá de estar acompañada de los siguientes documentos:
  1. Documento con el que se acredite la personalidad jurídica;
  2. Comprobante de pago de derechos por el estudio y trámite de la solicitud de autorización;
  3. Comprobante del domicilio de la matriz y en su caso, de las sucursales;
  4. Documentos con los que acredite que cuenta con los medios humanos, de formación, técnicos, financieros y materiales que le permitan llevar a cabo la prestación de servicios de seguridad privada en forma adecuada, en las modalidades y ámbito territorial solicitados;
  5. Ejemplar del Reglamento Interior de Trabajo, y Manual o Instructivo operativo, aplicable a cada una de las modalidades del servicio a desarrollar, que contenga la estructura jerárquica de la empresa y el nombre del responsable operativo;
  6. Exhibir los planes y programas de capacitación y adiestramiento vigentes, acordes a las modalidades en que se prestará el servicio;
  7. Constancia que acredite el registro de los planes y programas de capacitación y adiestramiento vigentes, ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
  8. Constancia expedida por Institución competente o capacitadores internos o externos de la empresa, que acredite la capacitación y adiestramiento del personal operativo;
  9. Relación del personal directivo y administrativo, conteniendo nombre completo y domicilio;
  10. Currícula del personal directivo, o en su caso, de quien ocupará los cargos relativos
  11. Relación de quienes se integrarán como personal operativo, para la consulta de antecedentes policiales en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública, señalando el nombre, Registro Federal de Contribuyente y en su caso Clave Única de Registro de Población de cada uno de ellos;
  12. Comprobante de pago de derechos por concepto de la Consulta de Antecedentes Policiales de cada elemento operativo en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública;
  13. Formato de la credencial que se expedirá al personal;
  14. Fotografías del uniforme a utilizar;
  15. Relación de bienes muebles e inmuebles que se utilicen para el servicio;
  16. Fotografías de los costados, frente, parte posterior y toldo del tipo de vehículos que se utilicen en la prestación de los servicios; asimismo, deberán apreciarse las defensas reforzadas, torretas y otros aditamentos que tengan dichas unidades;
  17. Muestra física de las insignias, divisas, logotipos, emblemas o cualquier medio de identificación que porte el elemento; y,
En caso de las empresas que prestan servicios de guardias de seguridad:
  1. Comprobante de pago de derechos por la inscripción en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública, de cada uno de los elementos operativos de quienes la Dirección General haya efectuado la consulta previa de antecedentes policiales.
  2. Póliza de Fianza expedida por institución legalmente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación, por un monto equivalente a cinco mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. ($299,100 pesos)
  3. Comprobante de pago de derechos por la expedición de la autorización, conforme al artículo 195-X fracción II de la Ley Federal de Derechos.

El costo de los trámites:

Por el estudio y trámite de la solicitud:

  1. Guardias de Seguridad $12,530.14
  2. Traslado de Valores $12,325.43
  3. Protección Ejecutiva $12,530.14
  4. Instalación de Sistemas $11,673.30
  5. Otras actividades $11,673.30
Para la expedición de la autorización: $3,759.48 Por la inscripción de cada persona: $125.62 Por la consulta de antecedentes: $37.40 Por poner un ejemplo de una empresa de seguridad privada que preste servicios de vigilancia, con 100 guardias operativos y que además monitoreen las cámaras de seguridad de la empresa en donde estan designados, la empresa deberá pagar:
  1. Guardias de Seguridad $12,350.14
  2. Otras Actividades $11,673.30 (Monitoreo de Sistemas)
  3. 100 Guardias asignados
    1. Por inscripción $12,565.00
    2. Antecedentes $3,740.00
Total  $40,328.30 Esto es sin contar el costo de operación, etc. Sin embargo de acuerdo a afirmaciones de Rubén Fajardo Secretario General de ASIS, en el 2006 se propuso que se tipificara el delito y sanciones para las empresas que no cumplieran con este requisito, pero como la mayoría de las empresas de seguridad privada pertenecen a ex-policías y ex-militares o incluso en el activo lo intereses creados bloquearon estas propuestas y solamente se incurre en una falta administrativa de no cumplir con esto. Y para concluir cabe mencionar que el 60% del negocio de la seguridad privada en México está en Manos de las Policías Bancarias/Industriales o Auxiliares, las cuales no tienen que cumplir con ningún requisito de ningún tipo ni rendir cuentas a nadie desde el fracaso del Sistema Nacional de Seguridad Publica, y sus respectivas leyes y reglamentos.

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